La regla general: ventas particulares no tributan
En España, la venta de bienes de uso personal (ropa, muebles, electrónica) por parte de un particular no genera, en principio, una ganancia patrimonial tributable. El motivo: si el artículo ha perdido valor desde que lo compraste (lo cual es habitual con la ropa), no hay ganancia patrimonial.
¿Cuándo sí hay que declararlo?
Ganancias patrimoniales en el IRPF
Si vendes un artículo por más de lo que pagaste (ganancia patrimonial), técnicamente existe una variación patrimonial a declarar en el IRPF. Sin embargo, en la práctica, para bienes de uso personal, el valor de adquisición es casi siempre mayor que el precio de venta, por lo que no hay ganancia.
Importante: Si tienes pérdidas (vendes más barato de lo que compraste), no puedes compensarlas en el IRPF con otras ganancias.
Actividad económica habitual
Si compras productos para revenderlos con beneficio de forma sistemática, la AEAT puede calificar tu actividad como actividad económica sujeta al IRPF como rendimientos de actividades económicas. Señales de alerta:
- Compra de artículos con fines de reventa
- Alta frecuencia de ventas (decenas de transacciones al mes)
- Márgenes de beneficio consistentes
- Uso de herramientas profesionales (fotografía de producto, descripciones comerciales)
IVA: ¿cuándo aplica?
Si superas 84.000 € de facturación anual o realizas una actividad económica, podrías tener que aplicar y declarar el IVA.
¿Qué informa Vinted a la AEAT?
Desde enero de 2024, Vinted y otras plataformas presentan el Modelo 289 ante la AEAT con datos de vendedores que han superado 30 transacciones o 3.000 € en el año (umbral actualizado en España para 2026).
Consejo práctico
Guarda los tickets de compra de todo lo que revendas. Si vendes por menos de lo que pagaste, tendrás prueba de que no hay ganancia patrimonial. Usa nuestra calculadora para evaluar tu situación en minutos.